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Resumen
El reconocimiento del descargue de las deudas insolutas al término de un procedimiento concursal de liquidación a favor de una persona jurídica (y no solamente a favor de una persona natural) es una innovación de nuestro ordenamiento jurídico destinada a facilitar el reemprendimiento de la persona jurídica. En este trabajo aportamos evidencia empírica para evaluar la eficacia de esa política pública, analizando la actividad económica de más de 600 empresas una vez terminado el respectivo procedimiento concursal de liquidación. Los resultados muestran que sólo un subgrupo menor de empresas deudoras presenta alguna actividad económica post concurso, pero esa actividad es escasa y temporal, sin ser demostrativa de un fresh start de la persona jurídica.
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